Unidad de Inspección en la NOM-036-SCFI-2016
Prácticas comerciales, requisitos de información y disposiciones generales en la prestación de servicios funerarios

La Unidad de Inspección del CNCP, acreditada y aprobada, por la Entidad Mexicana de Acreditación (ema) y la aprobada por la Dirección General de Normas (DGN) de la Secretaría de Economía, está facultada para emitir constancias de cumplimiento a los proveedores de servicios funerarios que demuestren el cumplimiento con los requisitos de la Norma Oficial Mexicana NOM-036-SCFI-2016, “Prácticas comerciales, requisitos de información y disposiciones generales en la prestación de servicios funerarios.” a los productos o servicios para uso inmediato o a futuro, que pueden comprender:

  • La venta de ataúdes o féretros y urnas;
  • La recepción y traslado de cadáveres;
  • La preparación estética o arreglo de cadáveres;
  • El embalsamiento de cadáveres;
  • La conservación transitoria de cadáveres;
  • El uso de capillas y/o equipos para la velación de los cadáveres;
  • Los servicios de inhumación, exhumación, reinhumación o cremación de cadáveres, restos humanos y restos humanos;
  • Los servicios de gestoría para el traslado y disposición final de los cadáveres, previa autorización escrita del consumidor, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables;
  • Los derechos de uso de lotes o fosas de panteón, criptas, nichos u osarios para depositar cadáveres, cenizas o restos humanos áridos por un tiempo determinado o a perpetuidad;
  • Servicios de colocación de lápidas, monumentos y placas de identificación;
  • Servicios de transporte para acompañantes;
  • Servicios funerarios de asistencia.

Para poder operar como prestador o intermediario de servicios funerarios en territorio nacional, las autoridades de la Procuraduría Federal del Consumidor PROFECO y la Secretaría de Economía solicitan a los prestadores de servicios funerarios contar con una constancia de cumplimiento que demuestre que se ha cumplido con los requisitos de la Norma Oficial MexicanaNOM-036-SCFI-2016.

Esta regulación es de observancia obligatoria en todo el país aplica para todas las personas físicas y morales que prestan servicios relacionados a la comercialización e intermediación de servicios funerarios.

El CNCP, como Unidad de Verificación, cuenta con la acreditación de la Entidad Mexicana de Acreditación (ema) y la aprobación de la Dirección General de Normas (DGN) de la Secretaría de Economía, en la Norma Oficial Mexicana NOM-036-SCFI-2016

Con más de 18 años de experiencia en el mercado mexicano, realizando la evaluación de la conformidad de diferentes Normas Oficiales Mexicanas (NOM) y Normas Mexicanas (NMX), el CNCP se ha distinguido por brindar Seguridad y Confianza al realizar estos procesos de forma ágil y transparente.

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