Preguntas frecuentes

Preguntas Frecuentes Certificación

  • Demostrar que el producto, proceso o servicio cumple con una norma o especificación.
  • Ventaja competitiva.
  • Mayor posibilidad de incursionar en otros mercados.

El tiempo para la certificación varía dependiendo de si el proceso requiere de muestreo, de pruebas al producto y/o de auditorías. Sin embargo, una vez que se cuenta con los resultados favorables de estas actividades así como con la documentación correcta y completa, el organismo de certificación del CNCP emite el certificado en un máximo de 7 días hábiles.

El costo depende de la opción de certificación que haya elegido, por lo que es necesario que ingrese su solicitud de certificación para poder enviarle una cotización detallada del servicio que requiere.

No, los servicios de certificación y pruebas son independientes, por lo que para solicitar una cotización deberá dirigirse a cada uno de ellos.

La vigencia de la certificación depende de la opción o modalidad que elija de acuerdo con cada uno de los esquemas de certificación, pudiendo ser generalmente de 1, 2 o 3 años.

Para saber que norma le aplica a su producto, es necesario que se ponga en contacto con el personal del organismo de certificación del CNCP para saber si existe una norma dentro de su alcance de certificación, aplicable a su producto.

La cantidad de muestras para pruebas depende de cada uno de los esquemas de certificación y la opción o modalidad que elija, por lo que es necesario que se asegure de conocer el tamaño exacto de muestras a evaluar. Existen esquemas de certificación donde las muestras a evaluar las selecciona el organismo de certificación del CNCP, por lo que es importante que en caso de duda contacte al personal de Certificación, quien con todo gusto le dará esta información.

Porque así lo establece el artículo 102 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

Los criterios de agrupación de familia de productos están definidos en las normas (NOM o NMX), en los procedimientos de evaluación de la conformidad (PEC) emitidos por las dependencias o por el propio organismo de certificación del CNCP, por lo que es importante que en caso de duda contacte al personal de Certificación (certificación_cncp@cncp.org.mx), quien con todo gusto le indicará los criterios de agrupación en familia aplicable a  su producto.

Las visitas de vigilancia son el proceso de seguimiento de la certificación otorgada, el cual se realiza con la frecuencia establecida de acuerdo con el esquema de certificación obtenido, y tiene como finalidad corroborar que el producto sigue cumpliendo con las especificaciones de la norma (NOM o NMX) bajo la cual se certificó originalmente.

Preguntas frecuentes para servicios de verificación
(NOM-001-CONAGUA-2011, NOM-003-CONAGUA-1996, NOM-004-CONAGUA-1996 y NOM-154-SCFI-2005)

Es el documento emitido por la Unidad de Verificación del CNCP, quien analizó y constató el cumplimiento del sistema hídrico (instalación) con los requisitos establecidos en la NOM, los certificados de conformidad de los productos utilizados o la declaración de conformidad de los mismos.

Para la NOM-001-CONAGUA-2011, las visitas se realizan de acuerdo con el tipo y tamaño de la instalación y el resultado de las pruebas de hermeticidad realizadas. 

Para la NOM-003-CONAGUA-1996, dependiendo de avance que se tenga en la instalación, se puede realizar hasta 3 visitas de verificación, una (1) visita durante la etapa de perforación exploratoria, una (1) visita durante la etapa de desarrollo y aforo; y una (1) visita una vez que la instalación se encuentra equipada de acuerdo con lo indicado en la Norma Oficial Mexicana 

Una vez que el usuario ingresa la información requerida y atiende los resultados derivados de la verificación bajo la norma que aplica, la Unidad de Verificación del CNCP cuenta con un plazo de 5 días hábiles para emitir los resultados.

La Unidad de Verificación comprueba el cumplimiento de la NOM por medio de revisiones visuales, documentales y entrevistas a los operarios, para constatar que se cuenta con los procedimientos —para todos los tipos de extintores a los que se pretende brindar servicio de mantenimiento— y que los operarios los conocen y aplican correctamente, además de que el equipo corresponda con lo establecido en la documentación del establecimiento

Es un contrato cuyas cláusulas son redactadas por una de las partes, el cual la otra se limita a aceptar o rechazar en su integridad. Lo elabora el prestador de servicios de mantenimiento y recarga. Debe contener dos cláusulas obligatorias que indica la NOM-154-SCFI-2005:

  • Que el extintor y sus agentes han sido examinados por una Unidad de Verificación acreditada y aprobada en términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
  • Que el suministro de los agentes extinguidores proporcionados al equipo del cliente cumple con las Normas Oficiales Mexicanas aplicables.

El contrato debe inscribirse ante PROFECO por medio de la Solicitud de registro y/o modificación de registro obligatorio de contratos de adhesión. Para iniciar el proceso de verificación puede presentarse esta solicitud que debe contener la firma del funcionario que recibe y coteja la documentación y el sello de PROFECO y, posteriormente, entregar el contrato de adhesión inscrito ante esta dependencia a la Unidad de Verificación del CNCP.

Son los documentos que expide un instructor interno o externo para evidenciar la capacitación de los trabajadores, pudiendo utilizarse el formato DC-3 Constancia de Habilidades Laborales de la STPS. Para efectos de la NOM-154-SCFI-2005, las constancias deben demostrar que se cuenta con capacitación en la norma específica.

Preguntas Frecuentes de Laboratorio

Es importante proporcione al laboratorio la información referente al servicio que solicita, como lo es: la norma o especificación con la cual evaluará su producto; ¿cuál es la finalidad por la que necesita las pruebas?; ensayos requeridos y condiciones bajo las cuales se realizarán; número de muestras a evaluar y sus características, así como los datos del solicitante.

  • Solicitud de servicio y cualquier otra información requerida para la evaluación del producto;
  • Aceptación de la cotización;
  • Comprobante de pago; y
  • Muestras completas para realizar la evaluación.

La duración del método de prueba; las etapas del proceso de prestación de servicio del laboratorio (registro, identificación, preparación, acondicionamiento, evaluación, contratación/subcontratación de laboratorios, emisión del informe, etcétera), y en la carga de solicitudes del laboratorio en dicho momento.

Sí, CNCP le ofrece una membresía a todos los usuarios de sus servicios, con la cual obtiene un descuento del 5 % en los servicios que se proporcionen en el año.

El número de muestras y las pruebas requeridas para la certificación de un producto lo determina el Organismo de Certificación de Producto, el cual considera lo establecido en la Norma Mexicana o Norma Oficial Mexicana aplicable. Es recomendable ponerse en contacto con el OCP antes de solicitar los servicios con el Laboratorio de pruebas CNCP.

Si las pruebas solicitadas es con fines de preevaluación de un producto, el número lo determina el mismo cliente.

Sí, debe solicitarla por escrito al laboratorio para que se genere una nueva cotización, la cual deberá ser aceptada por el solicitante.

El informe de resultados es un documento en donde se desglosan exclusivamente los resultados de los ensayos realizados a una muestra de producto proporcionada por el cliente y bajo ciertas especificaciones indicadas en una Norma o Especificaciones técnicas del producto.

El certificado de producto es un documento emitido por un organismo de certificación de producto, con el cual se asegura que el producto se ajusta a las normas, lineamientos o recomendaciones de organismos dedicados a la normalización nacional e internacional.

La vigencia de un informe es de 90 días naturales; si es posible modificar su contenido, siempre y cuando la solicitud se haga por escrito con la justificación que sustente la modificación solicitada.

El laboratorio solicita que el cliente comunique el destino final de las muestras, pudiendo ser recogidas en nuestras instalaciones, proceder a su destrucción u otro. De no recibir respuesta en el plazo señalado, el laboratorio determinará la disposición final de las muestras.

Para la evaluación de pruebas de naturaleza destructiva, las muestras se desechan al concluir la evaluación. Si se requiere que las muestras sean devueltas, deberá notificarse al inicio del servicio.

Sí, tiene una vigencia de 30 días naturales. El laboratorio se reserva el derecho de modificar alguno o varios de los aspectos descritos en la cotización, si al momento de que se cumplan los requisitos para iniciar el servicio cambia alguna de las condiciones con las que se elaboró la misma.